Firmado por: Editora Peru Fecha: 27/05/2026 14:04
[El][Peruano][/] Miércoles 27 de mayo de 2026
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ZICO CCORAHUA LARA, profesional propuesto para ocupar el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Procesamiento de Identificación de la Dirección de Registros de Identificación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, cargos considerados de confianza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del RENIEC; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 0000612024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias, y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
N° 000131-2026/GG/RENIEC (26MAY2026) y N° 0001322026/GG/RENIEC (26MAY2026), de la Gerencia General; los Informes N° 000248-2026/OPH/UGP/RENIEC (25MAY2026) y N° 000247-2026/OPH/UGP/RENIEC (25MAY2026), de la Unidad de Gestión de Personal; la Hoja de Elevación N° 000097-2026/OPH/RENIEC (25MAY2026), de la Oficina de Potencial Humano, y;
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley N° 26497Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que el artículo 11° de la mencionada Ley Orgánica, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de confianza;
Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 27 de mayo de 2026, al señor JUAN CARLOS CASTRO PINTO, en el cargo de Director de la Dirección de Registros de Identificación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, cargo considerado de confianza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente.
Que el numeral 2) del artículo 4° de la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, señala que el cargo de confianza es de libre designación y remoción;
Que el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 32513 - Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, faculta la designación en cargos de confianza conforme a los documentos de gestión de la entidad;
Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 27 de mayo de 2026, al señor OSWALDO ZICO CCORAHUA LARA, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Procesamiento de Identificación de la Dirección de Registros de Identificación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, cargo considerado de confianza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente.
Que en el Cuadro para Asignación de Personal - Provisional (CAP-P) del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 000170-2025/JNAC/RENIEC (03OCT2025), cuya actualización correspondiente al año 2025 fue formalizada con Resolución Secretarial N° 000218-2025/SGEN/RENIEC (31DIC2025) y la segunda actualización a través de la Resolución de Oficina N° 000011-2026/OPH/RENIEC (23ENE2026), se han considerado los cargos de confianza de Director de la Dirección de Registros de Identificación y de Sub Director de la Sub Dirección de Procesamiento de Identificación de la Dirección de Registros de Identificación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Oficina de Potencial Humano.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano”, en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano www.gob.pe.
Que los cargos señalados en el considerando anterior se encuentran debidamente financiados en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado con Resolución Jefatural N° 000026-2026/JNAC/RENIEC (20FEB2026);
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Que a través de los Memorandos de vistos, la Gerencia General a solicitud de la Dirección de Registros de Identificación, requiere designar a los profesionales responsables para desempeñarse como Director de la Dirección de Registros de Identificación y Sub Director de la Sub Dirección de Procesamiento de Identificación de la Dirección de Registros de Identificación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, previa evaluación de la Oficina de Potencial Humano;
Que mediante los Informes N° 000247-2026/OPH/ UGP/RENIEC (25MAY2026) y N° 000248-2026/OPH/ UGP/RENIEC (25MAY2026), la Unidad de Gestión de Personal de la Oficina de Potencial Humano informa, respectivamente, que el señor JUAN CARLOS CASTRO PINTO, profesional propuesto para ocupar el cargo de confianza de Director de la Dirección de Registros de Identificación y el señor OSWALDO ZICO CCORAHUA LARA, profesional propuesto para ocupar el cargo de confianza de Sub Director de la Sub Dirección de Procesamiento de Identificación de la Dirección de Registros de Identificación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, cumplen con los requisitos mínimos para el cargo, señalado en el Manual de Clasificador de Cargos del RENIEC, aprobado con Resolución Secretarial N° 000157-2025/SGEN/RENIEC (21OCT2025);
Aprueban solicitud de autorización de viaje de Gobernador Regional de Ucayali para participar en evento a realizarse en Colombia
Pucallpa, 6 de mayo del dos mil veintiséis
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, Ley de Bases
Que en consecuencia, resulta pertinente la designación del señor JUAN CARLOS CASTRO PINTO, profesional propuesto para ocupar el cargo de Director de la Dirección de Registros de Identificación y el señor OSWALDO
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Miércoles 27 de mayo de 2026 / [El][Peruano]
de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala que: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;
Que, en en Sesión Ordinaria de fecha 06 de mayo del 2026, mediante Citación N° 000011-2026-GRUCR-SCR, se dispone como séptimo punto de agenda, el ingreso del Oficio N° 178-2026-GRU-GR de fecha 28 de abril de 2026, mediante el cual el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, remite al Consejo Regional el Expediente de la solicitud de acuerdo regional de autorización de viaje al exterior del GOBERNADOR REGIONAL DE UCAYALI, a la República de Colombia desde el 18 al 22 de mayo del 2026;
Que, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, mediante OFICIO N° 178-2026-GRU-GR indica: “(…) el Presidente de la Asamblea 2026 del grupo de Gobernadores por el Clima y los Bosques (GCF Task Force) - Gobernador en Ejercicio del Departamento de Caquetá del País de Colombia, junto con la Secretaría Global del CGF Task Force, cursaron invitación a la 16° Reunión Anual del GCF Task Force “Nueva Economía Forestal por la Acción Climática: Desarrollo Territorial e Innovación”, a celebrarse en Florencia, Caquetá, Colombia del 18 al 22 de mayo de 2026, la misma que comprende el financiamiento de los pasajes y viáticos”;
Que, mediante INFORME LEGAL N° 036-2026-GRUGGR-GRAJ/TTC de fecha 27 de abril de 2026, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, concluye que: “El órgano competente para la autorización del viaje al exterior de funcionarios públicos, en representación de la Entidad, es el Consejo Regional de Ucayali, conforme establece su Reglamento Interno; la autorización del viaje al exterior, deberá materializarse, mediante Acuerdo Regional, autorizando el viaje del señor MANUEL GAMBINI RUPAY - Gobernador Regional de Ucayali, a participar en la 16° Reunión Anual del GCF Task Force “Nueva Economía Forestal por la Acción Climática: Desarrollo Territorial e Innovación” a celebrarse en Florencia, Caquetá, Colombia del 18 al 22 de mayo de 2026”;
Que, el literal r) del artículo 9° del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre las Atribuciones del Consejo Regional señala: “Autorizar los viajes al exterior del Gobernador y Vicegobernador Regional de Ucayali, consejeros y/o consejeras Regionales de Ucayali y de funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Ucayali, que van en representación del Gobierno Regional de Ucayali, sustentados en el interés regional o institucional y sujeto a las normas vigentes”.
Por otro lado, el literal t) del artículo 28° del Reglamento antes citado, precisa que, a su retorno deberán presentarse ante el Pleno del Consejo Regional, para informar y sustentar las actividades realizadas solo en los casos de los funcionarios y Servidores Públicos; en el caso del Gobernador y Vicegobernador del Gobierno Regional de Ucayali, consejeros y/o consejeras del Consejo Regional de Ucayali, solo un informe de forma escrita;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior del servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1 prescribe: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público. (…)”. Asimismo, el artículo 3° establece lo siguiente: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje”;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En Sesión Ordinaria de fecha 06 de abril del 2026, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, de manera presencial, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; por Mayora se aprueba el siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR, LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN EL VIAJE AL EXTERIOR DEL GOBERNADOR REGIONAL DE UCAYALI SR. MANUEL GAMBINI RUPAY DEL 18 AL 22 DE MAYO DEL 2026, PARA QUE PARTICIPE EN LA 16° REUNIÓN ANUAL DEL GCF TASK FORCE “NUEVA ECONOMÍA FORESTAL POR LA ACCIÓN CLIMÁTICA: DESARROLLO TERRITORIAL E INNOVACIÓN”, QUE SE CELEBRARA EN FLORENCIA, CAQUETÁ, COLOMBIA DEL 18 AL 22 DE MAYO DE 2026; REMITIDO POR LA GOBERNADOR REGIONAL DE UCAYALI.
Artículo Segundo.- REMÍTASE, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
Artículo Tercero.- ESTABLECER, que el Gobernador Regional Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY, a su retorno cumpla con informar al Consejo Regional sobre las actividades realizadas.
Artículo Cuarto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
Artículo Quinto.- AUTORIZAR, a la SECRETARÍA GENERAL, en coordinación con la Oficina Regional de Administración y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la publicación el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente acuerdo en el Portal Web institucional: www.gob.pe/ regionucayali.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JESÚS ENRIQUE TELLO GONZALEZ Presidente
2513924-1
2026-05-27
Gobierno regional de ucayali
2026-05-29