Firmado por: Editora Peru Fecha: 27/05/2026 14:05
[El][Peruano][/] Miércoles 27 de mayo de 2026
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Con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1495-2024-MP-FN, de fecha 3 de julio de 2024, se resolvió nombrar a la abogada Martha Isabel Seminario Montenegro, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja); vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Por lo expuesto, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, corresponde emitir el acto resolutivo que resuelva cesar en el cargo de fiscal a la abogada Rosario Raymunda Morán Vargas por motivo de fallecimiento, a partir del 8 de mayo de 2026; en atención al marco normativo y según el informe N° 048-2026-MPFN-OREF-EBRV, de fecha 18 de mayo de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 19 de mayo de 2026, se advierte que la citada abogada registra una (1) queja en trámite.
Artículo Primero .- Cesar por motivo de fallecimiento a la abogada Rosario Raymunda Morán Vargas, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designada en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Puente Piedra, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 837-2025-MP-FN, de fecha 21 de marzo de 2025, a partir del 8 de mayo de 2026.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
Artículo Segundo .- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y Oficina de Imagen Institucional.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N° 0049-2026-MPFN-OREF-EBRV, de fecha 19 de mayo de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Martha Isabel Seminario Montenegro, a partir del 8 de junio de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación
Lima, 26 de mayo de 2026
VISTOS:
El oficio N° 001434-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 15 de mayo de 2026, e informe N° 0049-2026-MPFN-OREF-EBRV, de fecha 19 de mayo de 2026, y;
Mediante el oficio de vistos, la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, remite y expresa conformidad a la carta de renuncia presentada en fecha 6 de mayo de 2026, suscrita por la abogada Martha Isabel Seminario Montenegro, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja), quien presenta su renuncia al cargo por motivos de salud, personales y familiares.
En su carta de renuncia, la citada abogada señala como último día de labores el 7 de junio de 2026, para lo cual presenta la misma considerando el plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Martha Isabel Seminario Montenegro, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja), materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°[s] 1495-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 3 de julio y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 8 de junio de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento a la abogada Martha Isabel Seminario Montenegro que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero .- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación
2519355-2
2026-05-27
Ministerio público
2026-05-29