Firmado por: Editora Peru Fecha: 27/05/2026 14:05
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[El][Peruano][/] Miércoles 27 de mayo de 2026
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Que, mediante Resolución Ministerial N° 0382026-PCM se aprobó el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2026, el cual contempla las campañas publicitarias: Promoción del bienestar social y fortalecimiento de la ciudadanía; y Acciones del Estado y expansión de la actividad económica;
Que, con Informe N° D000169-2026-PCM-SCSDN-JRCL la Secretaría de Comunicación Social señala que a fin de priorizar la comunicación estratégica para promover la prevención y el cuidado de la salud, especialmente, frente al riesgo de propagación del sarampión, resulta necesario redistribuir el presupuesto aprobado en el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2026; por lo que, propone la modificación del numeral V “MARCOS GENERALES DE CAMPAÑAS PROGRAMADAS. Objetivos, ámbito de aplicación y distribución de presupuesto” del citado Plan;
Que, a través del Informe N° D000030-2026-PCM-OPL e Informe N° D000151-2026-PCM-OP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la citada propuesta, en el ámbito de planeamiento y presupuesto, respectivamente;
Con el visado de la Secretaría de Comunicación Social, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM;
Artículo 1.- Modificar el numeral V “MARCOS GENERALES DE CAMPAÑAS PROGRAMADAS. Objetivos, ámbito de aplicación y distribución de presupuesto” del Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2026, aprobado por Resolución Ministerial N° 0382026-PCM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/ pcm), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ Presidente del Consejo de Ministros
Lima, 26 de mayo de 2026
Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2022PCM se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Trabajo para el Desarrollo Sostenible de la provincia de Espinar, departamento de Cusco”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto seguir impulsando el diálogo para el desarrollo sostenible de la provincia de Espinar, departamento de
Cusco, y en dicho marco realizar las coordinaciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos que se derivan del Acta de la Reunión del 29 de abril de 2019 y de los grupos de trabajo creados por Resolución Ministerial N° 165-2019-PCM y Resolución Ministerial N° 032-2021-PCM;
Que, el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 2292022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM, N° 312-2024-PCM y N° 197-2025PCM, señala que el Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 27 de mayo de 2026;
Que, en dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo señala que, como consecuencia de la reformulación de los objetivos de los Subgrupos de Trabajo aprobada mediante Resolución Ministerial N° 197-2025-PCM, se incorporaron cuarenta (40) nuevos compromisos vinculados a proyectos de inversión pública y a actividades en el marco del espacio de diálogo creado, registrándose actualmente un total de cincuenta y nueve (59) compromisos abiertos, equivalentes al 39.6% del registro de compromisos, los cuales se encuentran en procesos de implementación; por lo que, persiste la necesidad de continuar impulsando el diálogo y la articulación para el desarrollo sostenible de la provincia de Espinar, departamento de Cusco, así como las acciones orientadas al cumplimiento de los acuerdos derivados del Acta de la Reunión del 29 de abril de 2019 y de los grupos de trabajo creados mediante Resolución Ministerial N° 165-2019-PCM y Resolución Ministerial N° 032-2021-PCM;
Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 2652023-PCM, N° 312-2024-PCM y N° 197-2025-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 27 de mayo de 2027, a efecto que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM;
Artículo 1.- Modificación del artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM, N° 312-2024-PCM y N° 197-2025-PCM
Modificar el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 229-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 265-2023-PCM, N° 312-2024-PCM y N° 197-2025-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 12.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 27 de mayo de 2027.”
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ Presidente del Consejo de Ministros
2519213-1
2026-05-27
Presidencia del consejo de ministros
2026-05-29